Nuevos estándares de toda la iglesia contra los abusadores

Nuevos estándares de toda la iglesia contra los abusadores

El motu proprio del Papa Francisco “Vos estis lux mundi” establece nuevos métodos para denunciar la enfermedad y la crueldad, y asegurar que los obispos y los superiores religiosos sean causantes de su trabajo. Se ingresó el requisito de que los clérigos y religiosos denunciaran los abusos. Cada diócesis debe dotarse de un sistema de fácil ingreso al público para recibir alertas.

ANDREA TORNIELLI

«Vos estis lux mundi, Tú eres la luz de todo el mundo Nuestro Señor Jesucristo llama a todo fiel a ser un caso de muestra luminoso de virtud, integridad y santidad».

Del Evangelio de Mateo se extrajo el título y las primeras expresiones del nuevo Motu proprio del Papa Francisco dedicado a la lucha contra los abusos sexuales cometidos por clérigos y religiosos, y a las acciones u omisiones de obispos y superiores religiosos “inclinación a interferir o eludir” las indagaciones sobre los abusos. El Papa ten en cuenta que “los delitos de abuso sexual ofenden a Nuestro Señor, causan daños físicos, psíquicos y espirituales a las víctimas y dañan a la red social de fieles”, y relata la responsabilidad especial que tienen los sucesores de los apóstoles en la prevención de semejantes delitos. El documento representa un fruto más de la asamblea sobre la protección de inferiores celebrada en el Vaticano en el mes de febrero de 2019. Establece novedosas normas para batallar el abuso sexual y asegurar que los obispos y los superiores religiosos rindan cuentas por sus acciones. Es una regla universal, que se aplica a toda la Iglesia Católica.

Una “ventana” de demandas en todos y cada diócesis

Entre las novedades previstas está la obligación de que todas y cada una de las diócesis de todo el mundo se doten antes de junio de 2020 de “uno o mucho más sistemas equilibrados y de simple acceso público para enseñar las demandas” sobre abusos sexuales cometidos por clérigos y religiosos, la utilización de pequeños material pornográfico y el encubrimiento de su propio abuso. Los estatutos no detallan exactamente en qué consisten estos “sistemas”, dejando la elección operativa a las diócesis, que pueden diferir según las distintas etnias y condiciones locales. Lo que se quiere es que las personas que han sufrido abusos puedan dirigirse a la Iglesia local con la certeza de que serán acogidas, protegidas de represalias y que sus demandas van a ser tratadas con la máxima responsabilidad.

La obligación de reportar

Otra novedad tiene relación a la obligación de todos y cada uno de los clérigos, religiosos y religiosas, de “hacer llegar sin demora” a la autoridad eclesiástica todas las denuncias de abuso de las que tengan conocimiento, tal como las omisiones y encubrimientos en la administración de las situaciones de abuso. Si hasta este día esta obligación cuestionaba, en determinado sentido, sólo la conciencia individual, desde este momento se transforma en un precepto jurídico universalmente predeterminado. La obligación en sí está sancionada solo para clérigos y religiosos, pero todos los laicos asimismo tienen la posibilidad de y son alentados a emplear el sistema para denunciar abusos y enfermedades a las autoridades eclesiásticas competentes.

No solo abuso infantil

El archivo abarca no solo las anomalías de la salud y crueldad contra inferiores y mayores vulnerables, sino más bien asimismo la crueldad sexual y las anomalías de la salud derivadas del abuso de autoridad. Esta obligación entiende asimismo cualquier caso de violencia contra las monjas por la parte de clérigos, tal como la situacion de hostigamiento de seminaristas o novicias mayores.

Los “encubrimientos”

Entre los elementos mucho más importantes se encuentra la identificación, como categoría concreta, de la denominada conducta de encubrimiento, que consiste en «las acciones u omisiones tendientes a entorpecer o eludir las indagaciones civiles o preceptivas, administrativas o penales, contra un clérigo o religiosos en relación con los delitos de abuso sexual. Son esos que, ocupando cargos de particular responsabilidad en la Iglesia, en lugar de investigar los abusos cometidos por otros, los ocultaron, resguardando al presunto perpetrador en vez de proteger a las víctimas.

La protección de las personas atacables

Vos estis lux mundi resalta la relevancia de proteger a los menores (personas inferiores de 18 años) ya la gente atacables. De hecho, se amplía la noción de “persona vulnerable”, que no se limita únicamente a quienes no tienen “el uso frecuente” de razón, sino incluye también las situaciones ocasionales y transitorios de incapacidad para entender y querer, además de las incapacidades de un pedido físico. En esto, el nuevo Motu proprio se inspira en la última Ley del Vaticano (n. CCXCVII del 26 de marzo de 2019).

Respeto a las leyes de los Estados

La obligación de avisar al superior ordinario o religioso del rincón no interfiere ni altera ninguna otra obligación de denuncia que pudiera existir en las leyes de los propios países: las normas, en efecto, “se aplican sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos en cada por las leyes del Estado, particularmente las relativas a las casuales obligaciones de información a las autoridades civiles competentes”.

Protección para denunciantes y víctimas

También son significativos los parágrafos aplicados a resguardar a quienes se proponen a presentar denuncias. Quienes se refieran a demandas de abusos, según lo previsto en el Motu Proprio, no pueden, en verdad, ser objeto de “daño, represalia o discriminación” a consecuencia de lo dicho. También debe prestarse atención al problema de las víctimas que, en el pasado, han sido reducidas al silencio: estas reglas universales establecen que no se les puede imponer “ninguna carga de silencio sobre el contenido” del informe. Naturalmente, el secreto de confesión todavía es absoluto e inviolable y, por tanto, no se observa perjudicado de ninguna manera por esta regla. Vos estis lux mundi establece además de esto que las víctimas y sus familiares deben ser tratados con dignidad y respeto y tienen que recibir asistencia espiritual, médica y psicológica correcta.

Las indagaciones efectuadas por los obispos

El Motu Proprio funciona las indagaciones realizadas por obispos, cardenales, superiores religiosos y quienes tienen la compromiso, si bien sea temporalmente, de guiar una diócesis u otra Iglesia especial. Esta disciplina debe observarse no sólo si estas personas son investigadas por abusos sexuales cometidos directamente, sino también si son denunciadas por haber “encubierto” o no haber investigado abusos de los que tenían conocimiento y les correspondía batallar. .

El papel del metropolitano

Significativa es la novedad en cuanto a la implicación en la investigación previa del arzobispo metropolitano, que recibe el orden de la Santa Sede para investigar si la persona denunciada es obispo. Su papel, tradicional de la Iglesia, se refuerza así y revela la voluntad de valorizar los recursos locales, incluso para cuestiones relativas a la investigación de los obispos. Transcurridos los treinta días, quien esté a cargo de la investigación debe remitir a la Santa Sede “un informe informativo sobre el estado de las investigaciones”, que “debe estar concluido en el período de noventa días” (probables aplazamientos por “fundamentos fundados”). Esta establece tiempos precisos y, por primera vez, se pide a los dicasterios interesados ​​que actúen en el instante oportuno.

Participación de los laicos

Citando el artículo del Código Canónico, que resalta la importante contribución de los laicos, las normas del Motu Proprio prevén que el metropolitano, al efectuar indagaciones, puede contar con el apoyo de “personas calificadas”, según “las pretensiones de la caso y, en particular, teniendo en cuenta la cooperación que pueden sugerir los laicos.” El Papa aseguró en más de una ocasión que las especializaciones y competencias expertos de los laicos representan un considerable recurso para la Iglesia. Las reglas ahora prevén que las charlas episcopales y las diócesis puedan elaborar listas de personas cualificadas libres para colaborar, pero la responsabilidad última de las investigaciones sigue confiada al metropolitano.

presunción de inocencia

Se reitera el principio de presunción de inocencia del investigado, a quien se le notificará de la existencia de nuestra investigación en el momento en que de esta manera lo solicite el Dicasterio competente. La acusación, en efecto, debe ser notificada obligatoriamente sólo cuando se inicia el trámite formal y, si se considera oportuno para asegurar la integridad de la investigación o de la prueba, puede omitirse en la etapa preliminar.

Conclusión de la investigación

El Motu proprio no modifica las penas previstas para los delitos, pero establece el procedimiento para la demanda y realización de la investigación previa. En el final de la investigación, el metropolitano (o en determinados casos el obispo de la diócesis sufragánea con mayor antigüedad en el ascenso) remite los desenlaces al Dicasterio Vaticano competente y de esta manera cesa en su tarea. El Dicasterio competente procede entonces “según con el derecho, de acuerdo con lo sosprechado para el caso específico”, actuando, por tanto, sobre la base de normas preceptivas ahora existentes. Con base en los resultados de la investigación anterior, la Santa Sede puede imponer inmediatamente medidas precautorias y restrictivas a la persona investigada.

deber concreto

Con este nuevo instrumento jurídico anhelado por Francisco, la Iglesia católica da un nuevo e incisivo paso en la prevención y pelea contra los abusos, que enfatiza acciones específicas. Como escribe el Papa al principio del documento: “A fin de que semejantes fenómenos, en todas sus formas, no vuelvan a suceder, es precisa una continua y profunda conversión de los corazones, testimoniada por acciones concretas y eficientes que involucren a todos en la Iglesia”.

Esperamos que le gustara nuestro articulo Nuevos estándares de toda la iglesia contra los abusadores
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Cosas interesantes de saber el significado : Dios