El Quinto Mandamiento: “No matarás”

El Quinto Mandamiento: “No matarás”

El Quinto Mandamiento en el Catecismo de la Iglesia Católica

Habéis oído que se ha dicho a los antiguos: “No vas a matar. El que mate deberá contestar en el juicio”. Yo, no obstante, les digo: El que se enfurezca con su hermano va a ser acusado frente al tribunal (Mt 5, 21-22)

La vida humana es sagrada pues, desde su origen, postula la acción creadora de Dios y se mantiene para siempre en una relación especial con el Constructor, su único fin. Solo Dios es señor de la vida, desde su principio hasta su fin: absolutamente nadie, bajo ninguna circunstancia, puede reclamar el derecho de dar muerte de forma directa a un humano inocente.

I. Respeto a la vida humana

Testimonio de la Historia Sagrada

La Sagrada Escritura, en el relato de la desaparición de Abel a manos de su hermano Caín, revela, desde el principio de la historia humana, la presencia en el hombre de la ira y la envidia, consecuencias del pecado original. El hombre se ha convertido en el enemigo de su prójimo. Dios demanda la perversidad de este fratricidio: ¿Qué hiciste? La voz de la sangre de tu hermano clama a Mí desde la tierra. Maldito serás desde el futuro sobre la tierra, que abrió su boca para beber de tu mano la sangre de tu hermano (Gn 4, 10-11).

La coalición entre Dios y la humanidad está entretejida con referencias al don divino de la vida humana y la violencia asesina del hombre:

pediré tu sangre […]. El que derrame sangre humana, por mano de hombre su sangre va a ser vertida, porque Dios hizo al hombre a su imagen. (Gén 9, 5-61).

¿Qué has hecho?  ¡La voz de la sangre de tu hermano clama a mí desde la tierra!¿Qué has hecho? ¡La voz de la sangre de tu hermano clama a mí desde la tierra!

El Viejo Testamento siempre y en todo momento consideró la sangre como un signo sagrado de vida. Y esta enseñanza es válida para todos los tiempos.

La Escritura afirma la prohibición contenida en el quinto mandamiento: No causarás la muerte del inocente y del justo (Éx 23, 7). El homicidio voluntario de una persona inocente es gravemente opuesto a la dignidad humana, la regla de oro y la santidad del Creador. La ley que lo prohíbe es universalmente válida: obliga a todos y todas, siempre y en todas y cada una partes.

En el Sermón de la Montaña, el Señor recuerda el precepto: No vas a matar (Mt 5, 21) y añade la prohibición de la furia, el odio y la venganza. Mucho más aún: Cristo exige a su discípulo que presente la otra mejilla, que ame a sus contrincantes. No se defendió y le dijo a Pedro que dejara su espada envainada.

La legítima defensa

La lícita defensa de las personas y de las sociedades no escapa a la prohibición de ofrecer muerte a inocentes que constituye el asesinato voluntario. Del acto de defensa puede deducirse un doble efecto: uno, la conservación de nuestra vida; otro, la muerte del atacante. Nada impide que un acto tenga 2 efectos, de los que uno solo está en la intención y el otro está alén de la intención.

El cariño propio sigue siendo un principio primordial de la moralidad. Por consiguiente, es legítimo asegurar que se respete su derecho a la vida. Quien protege su vida no es culpable de homicidio, más allá de que se vea obligado a asestar un golpe mortal al agresor:

Si para defendernos empleamos mayor violencia de la precisa, va a ser antijurídico. Pero si repelemos la violencia con moderación, será lícito […]. Y no es necesario para la salvación dejar de practicar tal acto de defensa moderada para evitar la muerte del otro: por el hecho de que uno está más obligado a proteger su vida que la de los demás.

La autodefensa puede ser no solo un derecho, sino incluso un serio deber para alguien que es quien se encarga de la vida de otro. Proteger el bien común supone colocar al injusto atacante en la imposibilidad de hacer daño. Es por este motivo que los legítimos detentadores de la autoridad tienen derecho a recurrir incluso a las armas para repeler a los atacantes de la comunidad civil encomendada a su compromiso.

El ahínco del Estado por reprimir la propagación de conductas que lesionen los derechos humanos y las normas fundamentales de la convivencia civil, corresponde a una exigencia de preservación del bien común. Es derecho y deber de la autoridad pública legítima imponer penas proporcionales a la gravedad del delito. La pena tiene como primer objetivo arreglar el caos introducido por la falta. Cuando esta pena es aceptada de forma voluntaria por el culpable, adquiere valor de expiación. Además de la defensa del orden público y la protección de la seguridad personal, la pena tiene también una finalidad medicinal, ya que debe, en lo posible, ayudar a la corrección del culpable.

La autodefensa puede ser no solo un derecho, sino incluso un serio deber para alguien que es responsable de la vida de otro.La autodefensa puede ser no solo un derecho, sino aun un serio deber para alguien que es responsable de la vida de otro.

A lo largo de bastante tiempo, el recurso a la pena de muerte, por autoridades legítimas, fue considerado, tras un desarrollo regular, como una respuesta correcta a la gravedad de determinados delitos y un medio aceptable, aunque extremo, de protección del bien común.

Sin embargo, el día de hoy, la conciencia de que no se priva de la dignidad de la persona, pese a cometer delitos muy graves, está poco a poco más viva. Además, se está propagando una exclusiva comprensión del concepto de las sanciones penales por la parte del Estado. Al final, se han creado sistemas de detención mucho más efectivos, que garantizan la indispensable defensa de los ciudadanos, sin que, al tiempo y de manera definitiva, se suprima la posibilidad de redención del imputado.

Por eso la Iglesia enseña, en el Catecismo Nuevo, a la luz del Evangelio, que “La pena de muerte es inadmisible porque viola la inviolabilidad y la dignidad de la persona”y está claramente comprometida con su abolición en todo el mundo.

El asesinato voluntario

El quinto mandamiento prohíbe, como gravemente pecaminoso, el homicidio directo y voluntario. El homicida y los que de forma voluntaria ayudan en el homicidio cometen un pecado que clama al cielo.

El infanticidio, el fratricidio, el parricidio y el asesinato del cónyuge son delitos especialmente graves por los nudos naturales que rompen. Las preocupaciones sobre la eugenesia o la higiene pública no pueden invocarse para justificar ningún homicidio, incluso si es impuesto por las autoridades públicas.

El quinto mandamiento prohíbe realizar cualquier cosa con la intención de ocasionar indirectamente la desaparición de un individuo. La ley moral prohíbe exponer a alguien, sin fundamento grave, a un riesgo de muerte, tal como negarle la asistencia a un individuo en riesgo.

La aceptación por la parte de la sociedad humana de hambrunas fatales sin esforzarse por remediarlas es una injusticia escandalosa y un pecado grave. Los traficantes, cuyas prácticas usureras y mercantiles provocan el apetito y la muerte de sus hermanos en la humanidad, cometen de forma indirecta homicidio, que les es imputable.

El homicidio involuntario no es moralmente imputable. Pero no se explicación una falta grave si, sin razones proporcionadas, se procede de tal forma que se ocasione la desaparición, aun sin intención de causarla.

el aborto

La vida humana ha de ser absolutamente reconocida y protegida desde el momento de la concepción. Desde el primer instante de su existencia, los derechos de la persona deben ser reconocidos a todo ser humano, incluyendo el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida.

Antes que te formase en el vientre de tu madre, te escogí: antes que salieses del vientre de tu madre, te consagré (Jr 1, 5).

Ya conocías mi alma y nada de mi ser te fue oculto, cuando en misterio fui formado, modelado en las profundidades de la tierra. (Sal 139, 15).

La Iglesia aseguró, desde el primer siglo, la malicia moral de todo aborto provocado. Y esta doctrina no cambió. Continúa sin cambios. El aborto directo, o sea, comprendido como fin o como medio, es dificultosamente opuesto a la ley moral:

No vas a matar el embrión por aborto, ni vas a hacer fallecer al recién nacido.

La vida humana debe ser absolutamente respetada y protegida desde el momento de la concepción.La vida humana ha de ser completamente reconocida y protegida desde el instante de la concepción

Dios […], Señor de la vida, encomendada a los hombres a fin de que lleven a cabo, de forma digna de los hombres mismos, la noble tarea de conservar la vida. En consecuencia, esto ha de ser salvaguardado, con sumo cuidado, desde el primer momento de la concepción; el aborto y el infanticidio son crímenes crueles.

La colaboración formal en un aborto forma una falta grave. La Iglesia castiga este delito contra la vida humana con la pena preceptiva de excomunión. Quien busca el aborto, siguiendo el efecto (effectu secto) incurre en excomunión latae sententiae, es decir, por el hecho mismo de cometer el delito y en las condiciones previstas por la ley. La Iglesia no pretende, de este modo, restringir el campo de la misericordia. Simplemente revela la gravedad del delito cometido, el daño irreparable causado al inocente asesinado, a sus padres ya la sociedad en su conjunto.

El derecho inalienable a la vida de todo sujeto humano inocente es un elemento constitutivo de la sociedad civil y su legislación:

Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por la sociedad civil y las autoridades políticas. Los derechos humanos no dependen de los individuos ni de los progenitores, ni representan una concesión por parte de la sociedad y el Estado. Forman parte a la naturaleza humana y son inherentes a la persona, por el acto constructor que les dio origen. En medio de estos derechos fundamentales debe aplicarse el derecho a la vida ya la integridad física de todo humano, desde la concepción hasta la muerte.

Desde el instante en que una ley efectiva priva a cierta categoría de seres humanos de la protección que la legislación civil debería otorgarles, el Estado acaba negando la igualdad de todos frente a la ley. En el momento en que el Estado no pone su fuerza al servicio de los derechos de todos los ciudadanos, particularmente de los más débiles, se ven conminados los cimientos mismos de un Estado de derecho. […]. Como consecuencia del respeto y protección que debe garantizarse al niño por nacer, desde el momento de su concepción, la ley debe prever las sanciones penales que corresponden a toda violación deliberada de sus derechos.

Ya que ha de ser tratado como persona desde la concepción, el embrión habrá de ser defendido en su integridad, tratado y curado, dentro de lo posible, como todos ser humano.

El diagnóstico prenatal es moralmente lícito, siempre y cuando respeta la vida e integridad del embrión o feto humano, y está orientada a su defensa o curación individual […]. Pero se opone gravemente a la ley ética si prevé, en lo que se refiere a los desenlaces, la eventualidad de provocar un aborto. un diagnostico […] no puede equivaler a una sentencia de muerte.

Las intervenciones en el feto humano tienen que considerarse lícitas, siempre que respeten su historia y también integridad y no impliquen peligros desmedidos para él, sino más bien con vistas a su curación, la optimización de sus condiciones de salud o su supervivencia individual.

Es inmoral producir embriones humanos destinados a ser explotados como material biológico disponible.

Algunos intentos de intervenir en el patrimonio cromosómico o genético no son terapéuticos, sino que tienen en su canasta la producción de seres humanos escogidos según el sexo u otras características preestablecidas. Semejantes manipulaciones son contrarias a la dignidad personal del humano, a su integridad ahora su identidad única y también irreproducible.

Eutanasia

Incluso si la muerte se considera inminente, la atención que generalmente se debe a una persona enferma no puede interrumpirse legítimamente.Aun si la muerte se considera inminente, la atención que generalmente se debe a una persona enferma no puede interrumpirse legítimamente.

Especial respeto meritan quienes llevan una vida deficiente o debilitada. La gente enfermas o discapacitadas tienen que recibir acompañamiento para que logren llevar una vida lo mucho más normal viable.

Cualesquiera que sean las causas y medios, la eutanasia directa consiste en poner fin a la vida de personas discapacitadas, enfermas o agonizantes. Es éticamente inaceptable.

De esta forma, una acción u omisión que, por sí sola o con intención, ocasione la muerte para eliminar el sufrimiento, forma un homicidio gravemente opuesto a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Constructor. El fallo de juicio en que se haya incurrido de buena fe no cambia la naturaleza del hecho homicida, que debe ser siempre condenado y anulado.

El cese de tratamientos médicos costosos, peligrosos, expepcionales o desmedidos a los desenlaces esperados puede ser legítimo. es el rechazo de encarnación terapéutica. No es que la desaparición se pretenda así; uno simplemente acepta visto que no puede detenerlo. Las resoluciones deben ser tomadas por el paciente si tiene la competencia y la aptitud para llevarlo a cabo; en caso contrario, por quien esté legalmente facultado para ello, respetando siempre y en todo momento la voluntad razonable y los intereses lícitos del tolerante.

Aun si la muerte se considera inminente, la atención que en general hay que a un individuo enferma no puede interrumpirse legítimamente. El uso de analgésicos para calmar el padecimiento del moribundo, aun a riesgo de acortar sus días, puede ser éticamente consecuente con la dignidad humana, si la muerte no se pretende, ni como fin ni como medio, sino sólo sosprechada y tolerada como ineludible. Los cuidados paliativos son una forma excepcional de caridad desinteresada; en ese sentido, debe alentarse.

el suicidio

Cada uno de ellos es responsable frente Dios de la vida que le ha dado, Dios es el soberano señor de la vida; debemos recibirlo con gratitud y preservarlo para su honor y la salvación de nuestras ánimas. Somos maestresalas y no dueños de la vida que Dios nos ha confiado.; no podemos tener él.

Trastornos psíquicos graves, angustia o miedo grave a un calvario, sufrimiento, tortura, son circunstancias que pueden reducir la responsabilidad del suicida.Trastornos psíquicos graves, angustia o miedo grave a un martirio, sufrimiento, tortura, son situaciones que tienen la posibilidad de reducir la responsabilidad del suicida.

El suicidio va en contra de la inclinación natural del humano a preservar y perpetuar su historia. Es gravemente contrario al justo amor a uno mismo. Ofende asimismo el amor al prójimo, porque rompe inmerecidamente los nudos de solidaridad con las sociedades familiares, nacionales y humanas, respecto de las cuales tenemos obligaciones que cumplir. El suicidio es contrario al amor del Dios vivo.

Si se comete con la intención de dar ejemplo, singularmente a los jóvenes, el suicidio consigue la gravedad de un escándalo. La cooperación voluntaria en el suicidio es contraria a la ley ética.

Graves trastornos psíquicos, angustia o temor grave a la prueba, al padecimiento, a la tortura, son situaciones que pueden reducir la responsabilidad del suicida.

Uno no debe desesperarse de la salvación eterna de la gente que se han suicidado. Dios puede, de formas que sólo Él conoce, ofrecerles la ocasión de un arrepentimiento saludable. La Iglesia ora por las personas que se han quitado la vida.

II. Respeto a la dignidad de la gente

Respeto por el alma del resto: el escándalo

Escándalo es la actitud o accionar que lleva a otros a llevar a cabo el mal. El provocador se convierte en tentador de su prójimo; viola la virtud y la integridad, y puede arrastrar al hermano a la muerte espiritual. El escándalo constituye una falta grave si, por acción u omisión, hace deliberadamente que otra persona cometa una falta grave.

El escándalo adquiere una gravedad especial según la autoridad de quienes lo provocan o la debilidad de quienes son víctimas de él. Él inspiró esta maldición sobre nuestro Señor: Pero si alguno hace pecar a uno de estos pequeños que creen en mí, mucho más le valdría que le colgaran al cuello una gran piedra de molino de asno y que lo hundieran en lo profundo del mar. (Mt 18, 6). El escándalo es grave cuando lo causan quienes, por su naturaleza o en virtud de la función que ejercen, tienen la obligación de enseñar y educar a el resto. Jesús le reprocha a los escribas y fariseos, comparándolos con lobos disfrazados de corderos.

El escándalo puede ser causado por la ley o las instituciones, por la moda o por la opinión.

Es así como son culpables de escándalo quienes establecen leyes o construcciones sociales conducentes a la humillación de las costumbres y a la corrupción de la vida religiosa, o a condiciones sociales que, voluntaria o involuntariamente, hacen bien difícil o prácticamente imposible la conducta cristiana conforme a los mandamientos. Lo mismo puede decirse de los directivos de compañía que toman medidas para promover el estafa, de los docentes que irritar sus estudiantes, o quienes, manipulando la opinión pública, la desvían de los valores morales.

El que usa los poderes de que dispone, en condiciones que inducen a obrar mal, se hace culpable de escándalo y responsable del mal que, directa o indirectamente, estimula. Es ineludible que haya escándalos, pero ¡uy de quien los provoque! (Lc 17, 1).

Respeto a la Salud

La vida y la salud física son recursos hermosos, confiados por Dios. Contamos la obligación de proteger razonablemente estos obsequios, sabiendo las pretensiones otros y el bien común.

Proteger la salud de los ciudadanos requiere de la ayuda de la sociedad para lograr condiciones de vida que les dejen medrar y alcanzar la madurez: alimentación y vestido, vivienda, salud, educación básica, empleo, asistencia popular.

Si la moral pide el respeto a la vida corporal, no es que la convierta en un valor absoluto. Por el contrario, se subleva contra una concepción neopagana, tendiendo a promover el culto al cuerpo, sacrificándolo todo, ahora idolatrar la perfección física y el éxito deportivo. Al seleccionar selectivamente entre los fuertes y los débiles, tal concepción puede conducir a la perversión de las relaciones humanas.

  Incurren en grave culpa quienes, en estado de embriaguez o por un gusto desmesurado por la velocidad, ponen en peligro la seguridad ajena y la propia, en los caminos, en el mar o en el aire. Incurren en grave culpa quienes, en estado de embriaguez o por un gusto desmesurado por la velocidad, ponen en peligro la seguridad extraña y nuestra, en los caminos, en el mar o en el aire.

La virtud de la templanza lleva a evitar todo tipo de excesos, el abuso de alimentos, bebidas, tabaco y medicinas. Incurren en grave culpa quienes, en estado de embriaguez o por un gusto desmedido por la agilidad, ponen en riesgo la seguridad ajena y nuestra, en los caminos, en el mar o en el aire.

El uso de drogas causa daños muy graves a la salud y la vida humana. Salvo prescripciones rigurosamente terapéuticas, su empleo es una falta grave. La producción clandestina y el tráfico de estupefacientes son prácticas escandalosas y constituyen una cooperación directa, pues promueven prácticas gravemente contrarias a la ley ética.

Respeto a la Persona y a la Investigación Científica

Los experimentos científicos, médicos o psicológicos, sobre personas o conjuntos humanos, pueden contribuir a la curación de los enfermos y al progreso de la salud pública.

La investigación científica básica, tal como la investigación aplicada, es una expresión importante del dominio del hombre sobre la creación. La ciencia y la tecnología son recursos hermosos en el momento en que, puestas al servicio del hombre, fomentan su desarrollo integral en beneficio de todos. Pero, por sí solos, no tienen la posibilidad de indicar el sentido de la presencia y el progreso humanos. La ciencia y la técnica están ordenadas al hombre, a quien tienen que su origen y progreso. En consecuencia, es en la persona y en sus valores morales que halla la indicación de su propósito y la conciencia de sus límites.

  La ciencia y la tecnología son recursos preciosos cuando, puestas al servicio del hombre, promueven su desarrollo integral en beneficio de todos. La ciencia y la tecnología son recursos hermosos en el momento en que, puestas al servicio del hombre, promueven su desarrollo integral en beneficio de todos.

Es ilusorio reclamar la neutralidad ética de la investigación científica y sus aplicaciones. Por otra parte, los criterios rectores no pueden deducirse ni de la simple eficacia ni de la utilidad que de ella logre resultar para unos en detrimento de otros, ni, peor aún, de las ideologías dominantes. A ciência e a técnica requerem, pelo seu próprio concepto intrínseco, o respeito incondicional 2 critérios fundamentais da moralidade: devem estar ao serviço da pessoa humana, dos seus direitos inalienáveis, do seu bem autêntico e integral, de acordo com o projeto y también a vontade de Dios.

Las investigaciones o experimentos con humanos no pueden legitimar actos en sí mismos contrarios a la dignidad de la gente ya la ley moral. El eventual consentimiento de los sujetos no justifica tales actos. La experimentación en seres humanos no es moralmente legítima si causa peligros desproporcionados o eludibles para la vida o la integridad física o psíquica del sujeto. La experimentación en seres humanos no es de conformidad con la dignidad de la persona si, además de esto, se efectúa sin el permiso informado del sujeto o de sus responsables.

El trasplante de órganos es conforme a la ley ética si los peligros y riesgos físicos y psíquicos en que incurre el donante son proporcionales al bien buscado en favor del receptor. La donación de órganos después de la muerte es un acto noble y meritorio y debe fomentarse como una manifestación de solidaridad generosa. Pero no es moralmente aceptable si el donante o sus representantes no dieron su consentimiento expreso. Además, es éticamente inadmisible ocasionar de manera directa una mutilación que produzca la invalidez o la desaparición de un ser humano, aun si se hace para postergar la desaparición de otras personas.

Respeto a la integridad corporal

El secuestro y la toma de rehenes siembran el terror y, por medio de la amenaza, ejercitan presiones inaceptables sobre las víctimas. Son éticamente ilícitos. El terrorismo amenaza, hiere y mata sin discriminación; es dificultosamente opuesto a la justicia ahora la caridad. La tortura, que emplea la crueldad física o ética para conseguir confesiones, castigar a los culpables, atemorizar a los opositores o saciar el odio, es contraria al respeto a la persona ahora la dignidad humana. Salvo indicaciones médicas estrictamente terapéuticas, son contrarias a la ley moral las amputaciones, mutilaciones o esterilizaciones de forma directa voluntarias de personas inocentes.

En tiempos pasados, los gobiernos lícitos solían adoptar algunas prácticas de crueldad para mantener la ley y el orden, con frecuencia sin la queja de los pastores de la Iglesia, quienes ellos mismos adoptaban, en sus tribunales, las prescripciones de la ley romana con respecto a la tortura. Al lado de estos lamentables hechos, la Iglesia siempre y en todo momento ha enseñado el deber de la clemencia y la misericordia; y prohibió a los clérigos verter sangre. En los últimos tiempos se hizo visible que estas atroces prácticas no son primordiales para el orden público ni conformes a los lícitos derechos de la persona humana. Por el contrario, semejantes prácticas conducen a las peores degradaciones. Hay que trabajar por su abolición y rezar por las víctimas y sus verdugos.

Respeto a los muertos

A los moribundos se les debe brindar toda la atención y cuidado para asistirlos a vivir sus últimos instantes con dignidad y paz. Han de ser ayudados por las frases de los mucho más cercanos a ellos. Estos asegurarán que los enfermos reciban, a su debido tiempo, los sacramentos que los preparan para el encuentro con el Dios vivo.

Los cuerpos de los muertos han de ser tratados con respeto y caridad, en la fe y la promesa de la resurrección. Sepultar a los muertos es una obra de clemencia corporal que honra a los hijos de Dios, templos del Espíritu Santo.

Deben ser ayudados por las oraciones de los más cercanos a ellos.  Estos harán que los enfermos reciban, a su debido tiempo, los sacramentos que los preparan para el encuentro con el Dios vivo.Han de ser ayudados por las frases de los mucho más cercanos a ellos. Estos van a hacer que los enfermos reciban, a su debido tiempo, los sacramentos que los preparan para el encuentro con el Dios vivo.

La autopsia de cadáveres puede ser éticamente permisible por causas de investigación legal o de investigación científica. La donación gratuita de órganos después de la desaparición es legítima e incluso puede ser meritoria.

La Iglesia permite la cremación a menos que socave la fe en la resurrección de los cuerpos.

La salvaguardia de la paz

La paz

evocando el precepto No matarás (Mt 5, 21), nuestro Señor solicita la paz del corazón y demanda la inmoralidad de la furia y el odio asesinos:

La furia es un deseo de venganza. Estimar venganza, por el daño de quien ha de ser castigado, es ilícito; sino más bien imponer una reparación para la corrección del vicio y para preservar el bien de la justicia, esto es encomiable. Si la ira se prolonga al deseo deliberado de matar al prójimo o herirlo dificultosamente, ofende dificultosamente la caridad y es pecado mortal. El Señor afirma: Cualquiera que se enoje con su hermano será sujeto a juicio (Mt 5, 22).

El odio voluntario es contra la caridad. Odiar a tu prójimo, estimar hacerle daño deliberadamente es un pecado. Es un pecado grave en el momento en que deliberadamente le quieres un daño grave. Pero yo les digo, amad a nuestros enemigos y orad por los que os persiguen, para que seáis hijos de vuestro Padre que está en los cielos… (Mt 5, 44-45).

Querer venganza, en perjuicio de quien debe ser castigado, es ilícitoEstimar venganza, en perjuicio de quien ha de ser castigado, es ilícito

El respeto y el desarrollo de la vida humana requiere paz. La paz no es solo la ausencia de guerra, ni se restringe a garantizar la estabilidad de las fuerzas adversas. No es posible la paz en la tierra sin salvaguardar los bienes de las personas, la libre comunicación entre humanos, el respeto a la dignidad de las personas y de los pueblos y la práctica habitual de la fraternidad. Ella es tranquilidad de orden; Es obra de justicia (Is 32, 17) y efecto de la caridad.

La paz terrena es imagen y fruto de la paz de Cristo, el Príncipe de la Paz mesiánico (Is 9, 5). Por la sangre de su cruz, él, tomando en sí mismo la muerte a la enemistad, reconcilió a los hombres con Dios e logró de su Iglesia el sacramento de la unidad del género humano y de su unión con Dios. El es nuestra paz (Efesios 2:14) y declara bienaventurados los pacificadores (Mt 5, 9).

Quienes, renunciando a la acción violenta y cruenta, acuden a los medios de defensa al alcance de los mucho más enclenques para salvaguardar los derechos humanos, dan testimonio de la caridad evangélica, siempre y cuando lo hagan sin lesionar los derechos y deberes de otros hombres y sociedades. Y atestiguan legítimamente la gravedad de los riesgos físicos y morales de recurrir a la crueldad, con sus ruinas y muertes.

evitar la guerra

Cada ciudadano y cada gobernante debe trabajar para evitar las guerrasCada ciudadano y cada gobernante debe trabajar para eludir las guerras

El quinto mandamiento prohíbe la destrucción deliberada de la vida humana. Por los males y también injusticias que toda guerra trae consigo, la Iglesia exhorta urgentemente a todos a rezar y actuar a fin de que la Bondad divina nos libere de la antigua esclavitud de la guerra.

Cada ciudadano y cada gobernante debe trabajar para eludir las guerras.

No obstante, mientras Si persiste el peligro de guerra y no hay una autoridad en todo el mundo competente dotada de los medios adecuados, no se puede negar a los gobiernos el derecho de lícita defensa una vez agotados todos y cada uno de los recursos para una negociación pacífica.

Las condiciones estrictas de la lícita defensa por la fuerza de las armas deben ser consideradas rigurosamente. La gravedad de semejante resolución la somete a rigurosas condiciones de legitimidad ética. Es requisito al tiempo:

– que el daño provocado por el atacante a la nación o comunidad de naciones sea duradero, grave y cierto;

– que todos los otros medios para ponerle fin hayan resultado impracticables o ineficaces;

– que se cumplan condiciones serias para el éxito;

– que la utilización de las armas no trae consigo males y desórdenes más graves que el mal a remover. El poder de los medios modernos de destrucción tiene un peso realmente serio en la evaluación de esta condición.

Estos son los elementos tradicionalmente señalados en la doctrina de los llamados sólo guerra.

La valoración de estas condiciones de legitimidad ética forma parte al juicio prudencial de quienes están al cargo del bien común.

Los poderes públicos tienen, en un caso así, el derecho y el deber de imponer a los ciudadanos las obligaciones primordiales para la defensa nacional.

Los que se ocupan al servicio de la patria en la vida militar son servidores de la seguridad y independencia de los pueblos. En la medida en que realicen adecuadamente esta labor, contribuirán verdaderamente al bien común ya la salvaguardia de la paz.

Los poderes públicos van a conocer del mismo modo del caso de quienes, por razones de conciencia, se nieguen a usar las armas; estos quedan obligados a ser útil a la red social humana de otra forma.

La Iglesia y la razón humana declaran la vigencia persistente de la ley moral durante los conflictos armados. Una vez iniciada lamentablemente la guerra, no todo es lícito entre las partes beligerantes.

Los no combatientes, los soldados heridos y los prisioneros deben ser respetados y tratados con humanidad.

Son delitos las acciones deliberadamente contrarias al derecho de gentes ahora sus principios universales, así como a las órdenes que rigen dichas acciones. La obediencia ciega no es suficiente para excusar a los que se someten a ella. De este modo, el exterminio de un pueblo, una nación o una minoría étnica debe ser condenado como pecado mortal. Uno está éticamente obligado a resistir las órdenes de cometer asesinato en masa.

Toda acción bélica, que tiende indistintamente a la destrucción de ciudades enteras o de vastas zonas con sus habitantes, es un delito contra Dios y contra exactamente el mismo hombre, que ha de ser culpado con firmeza, sin vacilación. Entre los riesgos de la guerra moderna es el de ofrecer a los poseedores de armas científicas, a saber, armas atómicas, biológicas o químicas, la posibilidad de cometer tales crímenes.

Muchos estiman que la acumulación de armas es un proceso paradójico de disuadir a los contrincantes potenciales de la guerra. Lo ven como el medio mucho más eficaz para asegurar la paz entre las naciones. Sin embargo, este desarrollo de disuasión expone severas reservas morales. La carrera armamentista no garantiza la paz. Lejos de remover las causas de la guerra, corre el riesgo de agravarlas. El gasto de fantásticas riquezas en la preparación de armas siempre nuevas impide contribuir a las poblaciones indigentes y obstruye el avance de los pueblos. Las superarmas multiplican los motivos de conflicto y incrementan el peligro de su propagación.

La fabricación y comercio de armas debe ver con el bien común de las naciones y de la comunidad en todo el mundo. Por ende, las autoridades públicas tienen el derecho y el deber de regularlos. La búsqueda de intereses privados o colectivos a corto plazo no puede legitimar empresas que promueven la violencia y los conflictos entre naciones y que comprometen el orden jurídico internacional.

Las injusticias, las excesivas desigualdades económicas o sociales, la envidia, la desconfianza y el orgullo que se esparcen entre los hombres y las naciones son una amenaza constante para la paz y causan las guerras. Todo cuanto se hace para superar estos desórdenes contribuye a construir la paz y evitar la guerra:

En la medida en que los hombres son pecadores, el peligro de la guerra los amenaza y proseguirá amenazándolos hasta la venida de Cristo: pero en la medida en que, unidos en la caridad, vencen el pecado, vence asimismo la crueldad, hasta que se cumpla aquella palabra: “Convertirán sus espadas en rejas de arado, sus guadañas en lanzas. Por el momento no alzará el pueblo contra el pueblo la espada, ni se adiestrarán para la guerra” (Is 2, 4).

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Esperamos que le gustara nuestro articulo El Quinto Mandamiento: “No matarás”
y todo lo relaciona a Dios , al Santo , nuestra iglesia para el Cristiano y Catolico .
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