Adopte un enfoque de sentido común para las fotos de Primera Comunión

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Adopte un enfoque de sentido común para las fotos de Primera Comunión

La Comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC) ha recomendado un enfoque de sentido común para el tema de las fotografías de niños en eventos escolares, incluida la Primera Comunión.

El DPC ha publicado una declaración en respuesta a las consultas de las escuelas y los padres preocupados. “Un enfoque equilibrado y de sentido común contribuirá en gran medida a garantizar que se respeten los derechos de las personas, al tiempo que garantiza que la protección de datos no se convierta en un obstáculo para capturar y celebrar eventos escolares importantes”, dice el comunicado.

“La introducción del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) ha provocado un cambio significativo en la percepción de la protección de datos de las personas, y las organizaciones de todo tipo de sectores se enfrentan a diferentes desafíos”.

La declaración señaló que el DPC a menudo recibe consultas de escuelas, padres y fotógrafos sobre cómo tomar fotografías en eventos escolares. Las preguntas comunes son:

  • ¿Necesita el consentimiento del tutor de un niño antes de poder tomar una foto de un niño?
  • ¿Necesita consentimiento para cada evento escolar por separado?
  • ¿Pueden las escuelas prohibir que los padres tomen fotos en los eventos escolares?
  • ¿Pueden las personas tomar fotos de los niños de otras personas sin el permiso del tutor?

“Por lo general, se permite tomar fotografías de personas en público. Sin embargo, si puede publicar una fotografía para una audiencia amplia es una cuestión diferente”, dijo el comunicado de DPC.

“En otras palabras, tomar una foto en público generalmente está bien; es lo que haces con esa foto lo que puede convertirse potencialmente en un problema de protección de datos”.

Las fotos tomadas por los padres de sus hijos en un evento escolar o en la Sagrada Comunión que incluyen a otro niño se incluyen en la cláusula de “exención del hogar” del RGPD, que establece que el RGPD no se aplica cuando una persona procesa datos personales (como una fotografía de alguien) en el curso de una actividad puramente personal o doméstica, no relacionada con la actividad empresarial o comercial.

La declaración de DPC dijo que las fotos pueden terminar siendo publicadas en una plataforma de redes sociales como Instagram o Facebook. El RGPD no prohíbe estrictamente esto. “Considerando 18 [states] que las actividades personales o del hogar podrían incluir redes sociales”.

Sin embargo, si un padre publica una foto de su propio hijo en línea que también contiene imágenes de otros niños, y el padre de uno de estos niños pide que se elimine la imagen, debe hacerlo “por cortesía común”.

Cuando las escuelas contratan a un fotógrafo oficial para un evento relacionado con la escuela y las imágenes están destinadas al sitio web de la escuela o al periódico local, las escuelas no pueden confiar en la exención del hogar, dice el comunicado del DPC.

“Actúan como controladores de datos, lo que los lleva a la esfera del RGPD y todas las reglas que lo acompañan. Por ejemplo, deben tener una base legal para procesar los datos personales (p. ej., tomar y almacenar fotos) y deben brindar información clara y concisa sobre qué es lo que están haciendo con estos datos personales y cuánto tiempo los conservarán. esto para.”

Si una escuela identifica el consentimiento como la “base legal adecuada para tomar y publicar fotos”, el DPC recomienda no solo obtener el consentimiento del padre o tutor sino, según la edad del niño, también su consentimiento. Un padre o un niño pueden retirar el consentimiento más adelante si así lo desean.

“Las propias escuelas están en la mejor posición para juzgar la edad en la que creen que sus estudiantes son capaces de comprender qué es exactamente lo que están aceptando y dando su consentimiento. Como tal, según el contexto y la edad del estudiante, puede tratarse de involucrar tanto al padre/tutor como al estudiante en la discusión sobre el consentimiento”.